Media sanción en el Senado. La Cámara alta busca sanciones ejemplificadoras para frenar la violencia verbal o física en las escuelas. Ya lo había hecho con los centros de salud, pero el criterio de la discriminación positiva en materia de faltas no tiene el consenso de Diputados.
Una modificación al Código de Faltas de la Provincia busca que haya sanciones ejemplificadoras para quienes agredan física o verbalmente a cualquier trabajador de la Educación, sean o no docentes, en cualquier establecimiento de gestión pública o privada.
La iniciativa logró media sanción, entre otros proyectos tratados recientemente, sin debate ni exposiciones en la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe. Fue girada a la Cámara de Diputados, donde otros expedientes similares no han logrado avanzar porque allí existe otra visión respecto del criterio de discriminación positiva para las faltas.
El texto que logró avanzar en el cuerpo de 19 bancas pretende también poner el foco sobre las situaciones de violencia que sufren especialmente los docentes en sus labores, así como otros trabajadores del sector educativo. Y busca crear una herramienta que permita incluso que se dicte el arresto hasta por 40 días.
La modificación al Código de Faltas fue impulsada por el senador por Las Colonias, Rubén Pirola (PJ-NES) e incorpora el artículo 115 bis, en el Libro III, Título VI “Contra la seguridad de integridad personal”, en el Capítulo II “Contra la integridad personal” de la Ley 10.703). Se aprobó sobre tablas y por unanimidad en la sesión del 19 del corriente.
El presidente provisional del Senado, Rubén Pirola, logró el apoyo de sus pares para que avancen duros castigos por agresiones en las escuelas.
En los considerandos, el presidente provisional del Senado reflexiona: “Las situaciones problemáticas y los conflictos forman parte de la vida y de la dinámica en que se desarrollan las relaciones humanas. El conflicto, en consecuencia, es un emergente natural en las relaciones humanas y también sucede en las escuelas. Lo que debe ser evitado es la violencia con la que se pretende manejarlos, enseñando que hay otra manera de hacerlo”.
Busca “proponer alternativas y soluciones a un problema que se ha ido agravando en los últimos años, como es el relacionado a los hechos de violencia, agresiones físicas y verbales que se producen en los establecimientos educativos de la provincia”.
“Las acciones violentas de los padres o de personas con algún vínculo con alumnos se han venido incrementando en los últimos tiempos sobre los trabajadores de la educación. Esta situación merece un abordaje integral, que permita trabajar sobre las a causas del mismo y generar los instrumentos sociales, institucionales, normativos y formativos a fin de superar los niveles de violencia y agresión”, añade.
Recuerda que en 2003 se sancionó la Ley 12178 que establece el Programa Provincial de Prevención de Violencia Escolar en los Establecimientos Educativos y está dirigida a trabajar con los diversos actores de la comunidad educativa, para evitar o disminuir las formas de violencia escolar y concientizar sobre el problema, pero el problema subsiste o incluso es más grave.
Así, lo indica el senador: “Resulta sumamente importante el abordaje desde la perspectiva de un programa como el establecido, que trabaja sobre los valores de la tolerancia, el consenso y la modificación de las pautas culturales que sustentan los hechos de violencia en un establecimiento educativo, pero el Estado no puede renunciar a intervenir cuando estas conductas, procedentes de padres u otras personas, alteran el funcionamiento del servicio educativo, afectando la integridad física y psíquica de los trabajadores de la educación y también la perturbación del servicio educativo, que terminan impactando en definitiva en la calidad de la educación y en los derechos de los alumnos”.
Entiende que, ya desde un aspecto normativo, es necesario modificar el Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe y crear “una sanción específica para aquellas personas que agredieren verbal o físicamente, dentro de un establecimiento educativo de gestión pública o privada, a cualquier trabajador de la educación, sea o no docente, no solamente en resguardo de la integridad personal de los trabajadores de la educación, sino también como una defensa simbólica y efectiva de la escuela, vista como institución y como establecimiento”.
Entiende que en otras provincias se han adoptado medidas similares y podemos citar el caso de Córdoba donde, en el año 2020 se agregó a su Código de Convivencia Ciudadano la figura del “Agravio al personal de centros educativos y de salud” o de la Provincia de Buenos Aires que en 2016 incorporó “la figura de la agresión a los trabajadores de la educación en el Código de Faltas”. Los salteños tienen desde 2017 una regulación similar en su Código Contravencional.
Diferencia
Son precisamente de aquel año los primeros intentos de los senadores provinciales de establecer una norma que colabore en mejorar la convivencia en las escuelas, en especial afectadas por las agresiones externas.
Hace cinco años la Cámara alta santafesina procuró sancionar una norma abarcativa de todos los agentes del Estado Provincial que en el ámbito de la educación o de la salud sufran agresiones. Luego, tras el pase al archivo de aquella iniciativa amplia en la Cámara joven, hubo más intentos de los representantes de los departamentos que también merecieron la unanimidad pero no tuvieron suerte en el otro cuerpo legislativo para proteger a médicos, enfermeros y otros trabajadores de los centros de salud.