La Sala II de la Cámara de Casación Penal ordenó detener al exdiputado provincial santafesino y antiguo personal civil de inteligencia durante la última dictadura, Julio Adelaido Ramos, quien se encuentra bajo arresto domiciliario mientras cumple una condena de prisión por delitos de lesa humanidad, según informaron fuentes judiciales.     

Los jueces Angela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar, que integran este tribunal, confirmaron la revocación de este beneficio para Ramos, condenado en 2023 a la pena de siete años de reclusión e inhabilitación absoluta al ser encontrado culpable de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y tormentos agravados.

Esos crímenes fueron perpetrados en 1977 en perjuicio de Luis Felipe Solé, un joven estudiante de Ingeniería Química y militante peronista.

Ramos se desempeñaba como Personal Civil de Inteligencia del Ejército en Santa Fe, y en democracia, se “recicló” como concejal de la localidad de Vera, donde llegó incluso a ser diputado provincial por el Partido Justicialista.

Solé había sido secuestrado a fines de 1975 y luego fue llevado a la Cárcel de Coronda. La víctima conocía a Ramos de su militancia en la Juventud Universitaria Peronista (JUP) en la Facultad de Ingeniería Química.

En marzo de 1977, el joven fue sacado de la cárcel y llevado a una casa quinta, donde reconoció entre sus torturadores a Ramos, alias “Tipi”.

Solé declaró que en los interrogatorios, sus captores querían saber dónde se encontraba su hermano, Alberto, quien fue secuestrado meses más tarde y aún continúa desaparecido.

El Tribunal determinó en su resolución que el represor incumplió las condiciones de su arresto domiciliario al mantener reuniones políticas para respaldar la postulación de Reynaldo Fabbroni como concejal de Vera por el espacio “Unidos para cambiar Santa Fe”, la alianza que conformaron en la provincia el socialismo, el radicalismo y el PRO para competir en las elecciones del 2023.     

Ahora, cuando incumplió el arresto domiciliario, mantuvo reuniones políticas con quien se presentaba como candidato para concejal de aquella ciudad, por el partido «Unidos para cambiar Santa Fe», Reynaldo Fabbroni.

“Pesa sobre los magistrados un especial deber de cuidado para neutralizar toda posibilidad de fuga que impida la eventual aplicación de la ley sustantiva […], especialmente frente al dictado de una sentencia condenatoria, aunque ésta no se encuentre firme”, señaló Slokar en su voto, que contó con la adhesión de Yacobucci.

En la resolución de la Sala II, el magistrado sostiene que “la obligación internacional de sancionar a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos con penas apropiadas a la gravedad de la conducta delictiva no puede verse afectada indebidamente o volverse ilusoria durante la ejecución de la sentencia que impuso la sanción en apego al principio de proporcionalidad”.

En casos de graves violaciones de derechos humanos [la] medida o figura jurídica [que permita proteger la salud, la vida e integridad del condenado] debe ser la que menos restrinja el derecho de acceso a la justicia de las víctimas […] y debe ser aplicada en casos muy extremos y por una necesidad imperante”, se remarca en el fallo del máximo tribunal penal del país.

Hasta tanto se efectivice su detención, los tres magistrados consideraron necesario “exhortar al tribunal de origen a fin de que arbitre los medios necesarios para que se cumpla de inmediato con lo oportunamente dispuesto respecto a la incorporación del nombrado al Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica”.